Caso de éxito del despacho

El Juzgado de 1ª Instancia Nº11 de Valencia ha condenado a la Clínica XXX XXX XXX y su entidad aseguradora al pago solidario de una indemnización a nuestra cliente de 54.019,18€ más los intereses legales por daños y perjuicios derivados de mala praxis. Tras la celebración del juicio, pudo probarse que la paciente presentaba antes del inicio del tratamiento de ortodoncia una osteoartritis de la articulación temporomandibular y que el odontólogo incurrió en mala praxis ya que, pese a ser conocedor de ello, inició el tratamiento de ortodoncia cuando lo correcto hubiera sido remitir a la paciente a un cirujano maxilofacial para que hubiese tratado la osteoartritis y una vez corregida iniciar el tratamiento de ortodoncia, mala praxis que acabó ocasionando una subluxación discal mandibular que sufre actualmente, destacando además que la clínica condenada también incurrió en una infracción de la lex artis, ya que la paciente no prestó ningún tipo de consentimiento informado en la que se le informase de los posibles riesgos que conllevaba su tratamiento.

Cadan Asociados:

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